bookmark_borderGuatemala: Ley de avisos electrónicos

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El 23 de octubre de 2018 el Congreso de la República aprobó el Decreto 24-2018, denominado Ley de Avisos Electrónicos, la que dentro de sus considerandos resalta la necesidad de

adecuar la legislación a los cambios sociales y tecnológicos para dotarla de mayor certeza jurídica y failitar el acceso a la información, con el propósito de disminiur de forma efectiva los costos y la burocracia en beneficio de los gobernados.

El decreto de tan sólo 4 artículos fue publicado en el Diario Oficial el 15 de noviembre de 2018. Su contenido básico es el siguiente:

  • Creación del Portal Electrónico del Diario de Centroamérica, cuyo acceso será público y gratuito
  • Las publicaciones estarán sujetas al cobro de un arancel
  • Se utilizarán certificaciones físicas o electrónicas para que los interesados puedan presentarlas en las entidades correspondientes donde gestionan sus trámites.
  • Las publicaciones ordenadas por ley serán en el Portal Electrónico del Diario de Centroamérica, con excepción de
    • Leyes de rango constitucional
    • Leyes que requieran mayoría especial para su aprobación por el congreso
    • Publicaciones relacionadas con registros públicos que cuentan con su respectivo Portal Electrónico
  • Entrada en vigencia el 15 de diciembre de 2018

El 17 de diciembre de 2018 fue habilitado el Portal Electrónico del Diario de Centroamérica, sin embargo, Grupo LH, Sociedad Anónima, entidad dueña del diario guatemalteco La Hora, interpuso una accion de Inconstitucionalidad General Parcial, en contra del primer parrafo del artículo 3 de la ley, logrando que La Corte de Constitucionalidad decretara la suspensión provisional de la norma el 27 de febrero de 2019, cuyo texto es el siguiente:

A partir de la creación del Portal Electrónico del Diario de Centro América, se suprime la obligación contenida en cualquier ley, reglamento o disposición que ordene una publicación en ‘Diario Oficial’, ‘Diario de Centro América’ o ‘diario de mayor circulación’, la que se sustituirá por la obligación de publicar en el Portal electrónico del Diario de Centro América

La inconstitucionalidad se fundamentó en violación a los siguientes derechos constitucionales

  • Artículo 2. Deberes del Estado
  • Artículo 4. Libertad e Igualdad
  • Artículo 35. Libre emisión del pensamiento
  • Artículos 44 y 46. Derechos Humanos que conforman el el Bloque de Constitucionalidad

¿Qué es un edicto?

La publicación de un edicto tiene como objetivo dar a concer a la población en general del trámite que se esta realizando, para que así, cualquier interesado pueda hacer valer sus derechos. En el ámbito jurídico suele denominarsele comunicación procesal.

La legislación guatemalteca contiene diversos procesos judiciales y notariales que ordenan la publicación de edictos, que deben publicarse en el Diario Oficial y en ocasiones también requiere que se publique en otros de mayor circulación.

Inconstitucionalidad no aceptada

El 21 de mayo de 2021 la Corte de Constitucionalidad, en una sentencia compuesta de 52 páginas, declaró sin lugar la acción de inconstitucionalidad planteada, dejando además sin efecto la suspensión provisional, por lo que retoma su vigencia.

La acción legal del periódico La Hora es interpretada por diversos sectores como una defensa de sus propios intereses, ya que la normativa afecta directamente un segmento de los servicios que ha ofrecido al público por años, como lo es la publicación de edictos por ser un diario de mayor circulación. Aún no se puede asegurar que el proceso ha finalizado, pues existen aún recursos legales que pueden ser plantados en contra de la resolución.

La ley de avisos electrónicos es un avance positivo para el fin que persiguen los edictos, ya que pone a disposición de toda la ciudadania un medio de consulta en Internet, que mejora la situación respecto de un diario impreso, sobre todo por la pérdida de circulacion que sufren por la misma tecnología. No es necesario invertir en comprar el periódico, sin embargo, no debe olvidarse que debe contarse con un dispositivo electrónico con acceso a Internet, algo que cada día es más accesible a casi toda la ciudadania.

Bibliografía

bookmark_borderCorreo electrónico: El correo postal llevado al mundo digital

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En octubre de 1996 se superó la cifra de 100 mil suscriptores de correo electrónico, con un promedio diario de 5 mil nuevos usuarios, luego de solo 3 meses del lanzamiento de la primera plataforma gratuita de envío de mensajes a través de internet. La  correspondencia escrita como medio de comunicación ha acompañado a la humanidad por varios siglos,  su uso  se remonta antes de la era cristiana a unos 2400 años  en Egipto, 1800 años en Babilonia y 900 en China.  De esa época a nuestros días  diversas invenciones, como el telegrafo y el fax, han facilitado y mejorado los procesos de comunicación de millones de personas alrededor del mundo. El correo electrónico o email –acrónimo de electronic mail– es  el intercambio de mensajes digitales entre personas utilizando diferentes computadoras.

El uso de diferentes computadoras para envío de mensajes sólo fué posible hasta 1971, sin embargo, desde 1962 ya se manejaba el concepto de correo electrónico pero solo para envío de mensajes entre usuarios de una misma computadora,  lo que tal vez sea incomprensible para muchas personas, pero la comunicación entre computadoras en la forma que hoy se conoce inicio hasta 1969, con una red llamada ARPANET que en 1990 se convertiría en el Internet que hoy todos conocemos. Una forma de entender el correo electrónico antes de su implementación como servicio en Internet, es suponer que los habitantes de una misma casa, al no poder coincidir  por cuestiones de trabajo o estudio, se comuniquen por papeles dejados en algun lugar preestablecido por todos, utilizando además ciertas reglas para que nadie lea un mensaje que no le corresponde.

El concepto actual de correo electrónico se debe al programador informático Ray Tomlinson, quien buscaba una forma de aplicar  la red ARPANET, en sus propias palabras expreso “The ARPANET was a solution looking for a problem”. Utilizando un protocolo  para transferir archivos entre máquinas, logró aplicarlo al envío de mensajes, digitalizando el concepto de correo postal del mundo real, convirtiendolo en uno de los primeros servicios de la red.  Una vez materializado el proyecto, sus colegas le aconsejaron no comentarlo con sus jefes, ya que no era parte de sus instrucciones de trabajo. El primer mensaje  fué enviado por Tomlinson en 1971, no se sabe el contenido exacto, pero se utilizó para comunicar a los destinatarios que era posible enviar mensajes entre máquinas diferentes, pero irónicamente, las máquinas conectadas a la red para enviarlo y recibirlo  estaban una junto a la otra. Otro aporte de Tomlinson es el uso del símbolo arroba (@), el cual eligió por dos razones: la primera es que dificilmente se encuentra en el nombre de alguien y la segunda,  necesitaba identificar el nombre de las computadoras origen y destino, lo que dio como resultado que las direcciones de correo electrónico se componen de un nombre de usuario y un nombre de máquina, separados por el simbolo de arroba, lo que no era necesario anteriormente porque todos los mensajes eran en la misma máquina. En ingles el símbolo arroba (at), significa “en”, por lo que la dirección de correo electrónico usuario@maquina.com se lee usuario en maquina.com

Al principio sólo estaba disponible para  usuarios de universidades, centros de investigacion o empresas, sería con la llegada de HoTMaiL, hoy Outlook de Microsoft, que se hace posible obtener una cuenta de correo de forma gratuita y en cualquier parte del mundo con acceso a internet, generando una de las primeras oleadas de comunicación digital a nivel mundial, que en 2 décadas se ha incorporado en actividades educativas, comerciales, sociales y de cualquier indole que pueda imaginarse. En la actualidad sería complicado manejar una comunicación mediante cartas enviadas y recibidas por el correo postal físico, con las implicaciones de tiempo y retroalimentación de los mensajes, lo cual no sucede con los correos electrónicos, pues  lo que se envía es recibido en segundos y puede generarse sin problema un cruce de mensajes en que se amplía o aclara la comunicación de forma recíproca, que además puede ser entre más de dos interlocutores.

Es importante tomar en cuenta otros aspectos relacionados con el correo electrónico:

  • Hace algunos años fenómenos como el SPAM y el PHISHING han evidenciado ciertas vulnerabilidades en los usuarios, quienes pueden ser perjudicados de diversas formas através de sus cuentas sin estar enterados de esta situación.
  • Hoy es común tener varias cuentas de correo electrónico, logrando así contar con varios buzones de mensajes para diversas actividades, sin embargo, esto se relaciona con aspectos de seguridad en las claves de acceso, lo que no siempre es bien gestionado por los usuarios.
  • Las nuevas generaciones no son muy aficionadas al correo electrónico, parece ser que las denominadas redes sociales son la forma oficial de comunicación en todos los ámbitos de actuación social.

El correo electrónico es un ejemplo claro de como una actividad se traslado del mundo físico al mundo digital,  pero será el tiempo, los usuarios y los nuevos e insospechados desarrollos sobre formas de comunicación los que determinarán si se mantendrá vigente.

Bibliografía

bookmark_borderEl Derecho al Olvido en Internet

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Dentro del tema de Protección de Datos Personales vinculados con internet se encuentra el concepto de Derecho al Olvidoel cual puede entenderse de dos formas. La primera  se refiere a la información crediticia adversa, derecho que se encuentra  vigente en  muchas  legislaciones  desde hace años, y que permite al afectado ejercer un derecho de supresión sobre su historial de deudas, logrando así que dicha información sea eliminada de cualquier registro. El derecho de supresión de información se sustenta en la idea de que no se puede castigar para siempre a las personas por cuestiones de su pasado, siempre y cuando está información no sea de interés público.

La segunda surge con el uso masivo de internet y los motores de busqueda, que permite obtener información de forma  rápida y sencilla, dando un giro a la aparente neutralidad de la tecnología en los derechos de las personas, ya que la evolución surgida a partir de la Web 2.0,  debe mucho su éxito a los datos que los propios usuarios comparten en internet, sin importar si dicha información constituye datos personales propios o de terceros.  La consecuencia inmediata de la dinámica descrita es una aparente deshinibición de las personas en cuanto a su privacidad e intimidad, situación que muchas veces es percibida muy tarde.

La información en la era digital es extremadamente dificil de borrar, inclusive para los expertos informáticos.  Aunque se utilicen los comandos que teoricamente eliminan archivos, correos, fotos, videos y mensajes de texto la información no desaparece, no existe un mecanismo que asegure el borrado al cien por ciento de archivos en medios digitales, ni siquiera  los golpes, el agua o el fuego pueden evitar la recuperación de información. En pocas palabras se puede decir que la huella digital es inborrablelo que irónicamente es un incentivo para la interacción en internet en muchos aspectos de la vida diaria.

El derecho al olvido es un intento desde lo jurídico por dar  protección a los datos y a la intimidad de las personas sobre la información que ya existe en internet, impulsado  por la normativa de protección de datos de la Unión Europea, concepto que tomo relevancia en mayo del año 2014, cuando el español Mario Costeja demando a Google para evitar que su nombre apareciera ligado a un anuncio de una subasta de bienes por un embargo por deudas con la Seguridad Social, publicado en 1998 en las páginas de La Vanguardia por orden de las autoridades competentes. El Tribunal de Justicia de la UE dicto una sentencia en contra de Google, indicando que los motores de búsqueda son “responsables” del tratamiento de los datos de carácter personal que aparecen en las páginas webs en internet, aunque estos sean publicadas por terceros, y debe atender las solicitudes que les presenten los afectados.

A mi criterio el derecho al olvido presenta tres dificultades, la primera es de carácter técnico –la tecnología es más veloz que la norma-, el enfoque judicial hacia los motores de búsqueda no es correcto,  la información que perjudica al interesado sigue publicada en al menos el sitio que fué indexado por el buscador demandado, siendo casi seguro además, que este en otros buscadores y publicaciones de usuarios en redes sociales, documentos y cualquier cantidad de sitios que sería imposible asegurar que el tan deseado olvido ha sido efectivo. La segunda es una mezcla entre aspectos políticos y comerciales,  no parece ser compatible el derecho al olvido con la tradición norteaméricana,  lugar donde se desarrollan todas las grandes corporaciones tecnológicas y que tienen claro que el motor de su industria es la información que transita libremente en el internet. La tercera es la más compleja, tiene que ver con la idea de privacidad e intimidad  que parece estar siendo modificada por la interacción digital, son los propios usuarios quienes compartes sus datos y pareciera ser que la frontera entre la información pública y privada que se publica en internet, va desapareciendo rápidamente.

Una crítica  presentada por juristas en torno al derecho al olvido, es la posibilidad de una reconstrucción de la historia digital de una persona, enfocandose el interesado únicamente en la información que no le favorece, afectando de está manera el derecho a la información y la libertad de expresión de terceros.

En latinoamérica ya hay regulación al respecto, Colombia, Argentina y Perú, entre otros  han avanzado en el tema,  cuentan ya con la figura del derecho al olvido dentro de sus sistemas juírdicos como medida de protección de datos personales y el derecho a la intimidad. ¿Estará la legislación de Guatemala preparada para estos temas?

El derecho al olvido plantea un debate entre el derecho a la informacion y la libertad de expresión frente al derecho a la vida privada y la protección de datos de carácter personal. ¿Quién ganará la batalla? ¿Será posible una solución conciliatoria?

Bibliografía

bookmark_borderLa Hoja de Cálculo: La Aplicación que Transformó el Computador Personal

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En junio de 1978 en la Conferencia Nacional de Computadoras de Nueva York se anunció el lanzamiento de VisiCalc, la primera hoja de cálculo en el mundo. Visicalc es considerado como la aplicación que transformó el computador personal de ser considerado un aparato de diversión a una herramienta de negocios. A partir de 1979 se inicio su distribución en la novedosa computadora persnoal AppleII, logrando seis años de comercialización en 1979 vender mas de 700 mil copias. En una entrevista realizada a Steve Jobs en 1990 expreso Las hojas de cálculo impulsaron la industria, VisiCalc impulso el éxito de Apple más que cualquier otro acontecimiento,  en otra ocasión dijo que Si VisiCalc se hubiese escrito para alguna otra computadora, quizá estarías entrevistando a otra persona en este momento.

El concepto de hoja de cálculo electrónica se debe al ingeniero estadounidense Dan Bricklin, quien al estar estudiando en el programa MBA de la Escuela de Negocios de Hardward, se topó con la necesidad de resolver casos de estudio, para los cuales era necesario realizar constantemente cálculos y proyecciones para luego presentarlos en clase. Era muy común que al final de realizar todo el trabajo, se percatará de que un cálculo intermedio se había realizado mal, por lo tanto todo el trabajo restante era incorrecto. Dan había trabajado en procesamiento interactivo de textos y en computación personal, así que se propuso encontrar una solución; explica que imagino una pizarra mágica en la que si uno borraba un número y escribía algo nuevo, los otros números cambiaban de manera automática, como el procesamiento de palabras, pero con números. Podía escribir algunos números, marcarlos y presionar el botón suma… tenia que convertir mi fantasía en realidad

Su padre le sugirió trabajar en un prototipo, el cual le permitió concebir la cuadricula o grilla, donde cada celda tendría una dirección única, determinando para las columnas letras y las filas números, sistema que hoy sigue siendo la base del funcionamiento de las hojas de cálculo modernas como Microsoft Excel. Junto con su amigo Bob Frankston crearon la empresa Software Arts, Inc, dando vida al software considerado una aplicación asesina (killer app) y que para algunos inclusive fue lo que motivo a la gigante IBM a entrar al mercado de los computadores personales, que hasta entonces no lo consideraban importante.

Algunos consideran que Dan no fué el primero en abordar el tema, en 1961 el economista canadiense y profesor de contabilidad Richard Mattessich, planteó el concepto de hoja electrónica en el campo de la contabilidad. Aunque ya existían programas anteriores a VisiCalc que se basaban en el concepto de tabulación de filas y columnas, el propio Dan Bricklin enumera diversos aspectos en que la aplicación es especial y diferente, algunos de los más importantes son los siguientes:

  • Interacción del tipo WYSIWYG.
  • Facilidad de manejo de las formulas.
  • Su precio de $100.00 contra el alquiler mensual por $1,000.00 de aplicaciones financieras.
  • Tras su lanzamiento a un mercado específico, se propago a todos lados por simple recomendación de los amigos.
  • Potenció la industria del computador personal.
  • Las siguientes hojas de cálculo electrónico son descendientes directos de VisiCalc.

A pesar de lo revolucionario de VisiCalc, la idea no pudo ser patentada. En 1979 las patentes de invenciones en temas de software no eran aceptadas, ya que eran considerados simples algoritmos matemáticos y por lo tanto no podían patentarse. El concepto y la idea de Dan pudo fácilmente ser copiado por otras empresas y no tardaron en aparecer nuevas versiones mejoradas a partir de clonar VisiCalc sin haber tenido que pagar por los derechos. Para 1983, con el avance en la expansión de memoria y video en las computadoras IMB lanzó el LOTUS 1-2-3.  Actualmente la idea que concibió Dan Bricklin ya puede ser utilizada en la nube, las hojas de cálculo de Google permiten trabajar en línea y en forma compartida, pero el concepto sigue siendo el mismo. Es casí seguro que cualquier persona que haya utilizado una computadora tenga la experiencia de utilizar hojas de cálculo electrónicas, de igual forma en las empresas y organizaciones es una herramienta vital para el control de diversa información por empleados y patronos.

La hoja de cálculo de Dan Bricklin revolucióno el concepto de computador personal, logrando evidenciar su potencial para facilitar muchas de las actividades diarias en el manejo de la información.

Bibliografía